lunes, septiembre 15El Sonido de la Comunidad

El Estado cubano, la lengua española y el derecho

De acuerdo con la Constitución de nuestro país en su Artículo 2: El nombre del Estado cubano es República de Cuba, el idioma oficial es el español y su capital es La Habana

Estado
En la Constitución de la República de Cuba se enuncian postulados de gran importancia que regulan el actuar cotidiano.

Por: Arturo Manuel Arias Sánchez

En cuatro continentes se habla la lengua de Miguel de Cervantes Saavedra, sus pueblos se enorgullecen de poseer lengua tan rica, sonora y contemporánea. Con el Reino de España encabezando su séquito de naciones, veintidós de ellas se vinculan con las trenzas de un idioma común, lleno de tintes sonoros, tales como la cadencia latinoamericana, la sutil modulación filipina, el cantarín africano y  la recia pronunciación castellana. 

Los modernos medios de comunicación difunden numerosas noticias del acontecer internacional y, dentro de ellas, las relacionadas con hechos y voces del lenguaje jurídico en su más amplio espectro normativo, en cuyo contexto se relacionan preceptivas civiles, penales, familiares, constitucionales, etc.

De tal suerte, ofrezco al lector cubano interesado en el tema, cinco vocablos del argot jurídico internacional, de poco uso en el país, pero de empleo frecuente en los países hispanohablantes, trasfundidos al nuestro en los medios noticiosos, en razón de su inteligibilidad y contraste con los frecuentemente  empleados en el ámbito nacional, tanto en textos legales domésticos como en exposiciones de estudiantes de Derecho y discusiones del público en general. 

Como inicio, el precepto constitucional cubano, legitimador del idioma español en nuestra nación.

Así se pronuncia:

Artículo 2. El nombre del Estado cubano es República de Cuba, el idioma oficial es el español y su capital es La Habana. (…).

A seguidas, cinco palabras “raras” para muchos conocedores de los temas legales pero, al fin y al cabo, arista lingüística del hermoso idioma español, en pos de su admisión y uso oportuno en nuestro entorno cultural.  .

Desidia

Del latín desidia cuya etimología procede del término desidere, formado del prefijo “de” (indica separación con dirección de arriba abajo)  y el verbo sidere (sentarse); en este caso, es la acción de abandonar el puesto, un abandono que acaba denotando pereza.

Sinónimos o afines de desidia son: negligencia, abandono, descuido, dejadez, holgazanería, vagancia, pereza, desgana, desinterés, abulia.

Código de las Familias

Artículo 171. Responsabilidad por daños y perjuicios. En el ejercicio de la administración de los bienes y derechos de las hijas y los hijos, los titulares de la responsabilidad parental son responsables por los daños y perjuicios causados intencionalmente o por negligencia en los intereses administrados.

Estulticia

Deriva del latín stultitia cuyo significado es necedad, tontería.

Sus componentes léxicos son: stultus (necio) más el sufijo “ia” (cualidad).

Términos sinónimos o afines son: estupidez, idiotez, ignorante, imbecilidad, sandez, bobería.

Código Civil

Artículo 3. La ignorancia de los preceptos de este Código no excusa de su cumplimiento.

Latrocinio

Del latín latrocinium o acción propia de un ladrón o de quien defrauda a alguien gravemente.

Deriva del latín latro (bandido) y, antes, del griego latron (pagar o alquilar).

Son palabras afines o sinónimos: robo, hurto, timo, estafa, pillaje, apropiación, saqueo.

Anteproyecto de Código de Trabajo

Artículo 313. Violaciones generales de la disciplina laboral. 1. Constituyen violaciones generales de la disciplina laboral que pueden cometerse en la entidad o en ocasión del trabajo las siguientes:

(…);

m) sustracción, desvío o apropiación de bienes o valores propiedad del centro de trabajo o de terceros: la sustracción se manifiesta en extraer un bien o recurso de ajena pertenencia; el desvío se manifiesta en la derivación de bienes de propiedad social con una finalidad diferente para la que fueron destinados; la apropiación se refiere a tomar para sí alguna cosa de ajena pertenencia haciéndose dueña de ella, para fines diferentes a los previstos.

Peculado

Proviene de la voz latina peculatus cuyo significado es hurto de caudales del erario público, perpetrado por aquel a quien está confiada su custodia y administración.

Código Penal

Artículo 297.1. Quien, teniendo por razón del cargo que desempeña la administración, cuidado o disponibilidad de bienes de propiedad socialista de todo el pueblo, cooperativa, de las organizaciones políticas, de masas o sociales, privada, mixta, de instituciones y formas asociativas o personal al cuidado de una entidad económica, se apropie de ellos o de sus efectos, para sí o para otra persona, o consienta que esta otra se los apropie, incurre en sanción de privación de libertad de tres a ocho años.

2. Si los bienes apropiados son de considerable valor, la sanción es de privación de libertad de ocho a veinte años.

(…).                           

Procrastinacion

Procede del latín procrastinatio cuyo significado es acción y efecto de procrastinar.

Procrastinar es voz formada a partir del adverbio cras (mañana, el día siguiente), del que toma su sentido actual, vale decir, dejar el asunto para mañana.

Son sinónimos o afines las voces: postergación, aplazamiento, posposición, diferimiento.

Ley de Seguridad Social

Artículo 95. El subsidio y las pensiones se suspenden:

a) si el enfermo o accidentado subsidiado o el pensionado por invalidez, no accede o no acude sin causa justificada, en las oportunidades que se establezcan, a los reconocimientos y exámenes para comprobar su estado de salud; y

b) si el enfermo o accidentado subsidiado, voluntariamente retarda su curación, no concurre a recibir el tratamiento médico correspondiente o no cumple las indicaciones facultativas.

No puedo terminar la disquisición sin retomar al Apóstol de la Patria, en memorables frases, personalidad que conjugaba el Derecho con su amor por el buen hablar.

El lenguaje ha de ser como el cuerpo, esbelto y libre; pero no se le ha de poner encima palabra que no le pertenezca, como no se pone sombrero de copa una flor ni un cubano, de propósito, se deja la pierna desnuda como un escocés, ni al traje limpio y bien cortado se le echa una mancha.

Háblese sin manchas. ¡Hablemos sin mancha!

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