miércoles, julio 30El Sonido de la Comunidad
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Incendios en microvertederos…¿Una moda en Cabaiguán?

Los incendios en basureros son clasificados en Cuba como Q 101, es decir se incluyen en la categoría de principio de incendio, los que muchas veces se dan en las cercanías de las viviendas, escuelas y hospitales.

Por: Hugo Crespo Crespo

Los meses de junio, julio y agosto, están calificados como los más calurosos de nuestra área geográfica. Recuerdo que el dominicano y Generalísimo de las tropas insurrectas cubanas Máximo Gómez Báez, llamaba a esta trilogía como los ¨tres generales¨, cuando alcanzó la victoria frente a las tropas españolas durante la campaña de La Reforma; y lo dijo porque unido a la táctica guerrillera empleada, el calor contribuyó también al éxito.

Quizás muchos no conozcan la anécdota, pero sí creo que sean testigos del intenso calor de estos días por encima de los 34 grados celsius y al mismo tiempo de la escasez de precipitaciones que hemos tenido durante el séptimo mes del año.

No obstante, los Nerones cabaiguanenses andan sueltos y de qué manera. Por doquier se puede observar a cualquier hora las llamas y el intenso humo de los promontorios de desechos sólidos que se acumulan en varios sitios de la ciudad.

Hace algún tiempo, los microvertederos  han mejorado su recogida por el accionar de una brigada que de forma sistemática realiza esta labor, sin embargo cuando existe una tregua en la limpieza del área, los amontonamientos de todo lo que existe, toma dimensiones insospechadas.

En este problema,  está entonces el binomnio del acusado y el acusador, ¿quién tiene la culpa? Unos dicen que no se recoge a tiempo, otros plantean que no se la pueden comer, terceros alegan que son las indisciplinas de los moradores del sitio y cuartos dicen que es una deficiencia de servicios comunales.

Sea cual sea la causa, y conociendo el panorama energético, la  falta de mano de obra y equipos de esta entidad en el territorio, lo menos que debe hacerse es prender fuego en este lugar.

Los cubanos y cubanas, a pesar de las difíciles circunstancias  que enfrentamos en la actualidad, tenemos amplios conocimientos de lo que puede afectarnos  un incendio en una de estas áreas.

Varios de nuestros coterráneos, que residen cercano a estos sitios, pueden padecer  de enfermedades respitatorias agudas, ser asmáticos, existen quizás niños o niñas, recién nacidos, ancianos y por supuesto, el entorno. Entonces,  la dimensión del suceso no es tenida en cuenta y la llama se prende y gana terreno hasta convertirse en un mal mayor.

¿Cuánto puede afectar un incendio de un basurero a la comunidad?. En primer lugar la salud de los habitantes que allí residen, la flora que circunda el sitio, la contaminación atmosférica, asi como daños al agua y a la biodiversidad y a las propias viviendas, es decir toda quema a cielo abierto supone riesgos para el medio ambiente.

Los gases tóxicos y partículas peligrosas liberados son un cambio dramático en la atmósfera. Estos afectan la capa de ozono, tributan al calentamiento global y causan enfermedades respiratorias, cáncer de pulmón  y afecciones cardiovasculares. Además contaminan el suelo y aguas cercanas con sustancias tóxicas, dañando la vida en todas sus formas.

Los incendios en basureros son clasificados en Cuba como Q 101, es decir se incluyen en la categoría de principio de incendio, los que muchas veces se dan en las cercanías de las viviendas, escuelas y hospitales. En muchas ocasiones estos se van de control y pueden convertirse en un siniestro peligroso, por lo que ante estas situaciones puede surgir la obligación de activar el servicio de emergencia del Cuerpo de Bomberos.

En este caso, existe el desconocimiento de las leyes, esas que a veces se aprueban y se guardan como letra muerta en una gaveta, no obstante esto no se exonera de la consecuencia que pueda tener.

El Decreto-Ley 141 establece los tipos contravencionales con el régimen de orden interior en el país y en uno de sus capítulos se definen los aspectos correspondientes a la protección contra incendios.  Por ende, nadie está facultado para originar una combustión de manera desorganizada en la vía pública, pues no solo se trata de hacerlo en un lugar donde no haya peligro, sino por las afectaciones que pueda causar.

En tal sentido, los inspectores del Cuerpo de Bomberos están facultados para aplicar las multas correspondientes en el artículo 6, por originar cualquier tipo de quema, acción que ampara el propio Decreto-Ley 141.

Ojalá entonces que  estos Nerones, estudien y conozcan esta medida, así como los que tienen  el deber de hacerla cumplir para evitar peores consecuencias.

A lo mejor no han sido males mayores los que aquí se han producido a simple vista, cuestión que no comparto, porque aunque sean mínimos, los daños pueden estar  presentes en cualquiera de los ámbitos que alcance el fenómeno. Hoy podemos estar a tiempo, trazar estrategias, alternativas y no solo pensar en la culpa que tiene el otro,  y si no la tiene nadie como dice Buena Fe, que considero culpables a muchos, al menos piensa en que eres uno de los seres vivos que puede recibir las nefastas consecuencias de un acto humano contra su propia existencia.

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