
La rehabilitación disciplinaria de trabajadores cubanos en años calendarios y naturales
La rehabilitación procede una vez que hayan transcurrido los términos que más adelante se establecen, contados a partir de la fecha del cumplimiento de la medida disciplinaria impuesta o de la decisión administrativa adoptada
El empleador procede a la rehabilitación de los trabajadores a los que se haya aplicado medida disciplinaria, en los términos y condiciones que establece el Reglamento del Código de Trabajo.
Por: Arturo Manuel Arias Sánchez. (Licenciado en Derecho)
La rehabilitación disciplinaria de un trabajador, cualquiera que fuere su rango ocupacional y vinculación laboral, no es más que retirar de su expediente personal, bajo custodia del empleador, dentro del término reglado por la norma sancionadora, el escrito, antecedente o mácula disciplinaria que le f...