Vínculos filiatorios multiparentales y su inscripción ante el registrador civil
El registrador verifica el cumplimiento de los requisitos conforme a lo dispuesto en el artículo 189 de la Ley y en las normas de protección de datos personales
La Ley 156 de 2022, Código de las Familias, en su artículo 3 plantea que las relaciones que se desarrollan en el ámbito familiar se basan en la dignidad y el humanismo como valores supremos.
Por: Arturo Manuel Arias Sánchez
El vínculo filiatorio (vocablo que procede del latín filius, hijo o hija) establece la relación entre progenitores y descendencia, vale decir, entre padres e hijos, generalmente admitida como engarce familiar biológico, consanguíneo o genético, amén de otras que en su oportunidad fueron vistas, arista familiar abordada en aquella, ahora encaminada a su asiento registral civil, por la sing...









