Régimen contravencional en Cuba
La Ley Número 177, nacida de la necesidad de reformar integralmente el marco jurídico existente, tiene por “objeto regular el régimen general de las contravenciones o infracciones administrativas, así como el de las sanciones administrativas aplicables por su comisión
La Ley asume que la responsabilidad contravencional es de carácter personal y es exigible tanto a las personas naturales como jurídicas de Cuba
Por: Arturo Manuel Arias Sánchez.
Una nueva norma intentar ordenar el difuso sistema contravencional del país. Me refiero a la Ley Número 177, denominada Del régimen general de contravenciones y sanciones administrativas de 17 de julio de 2025, cuya entrada en vigor es pasados los 90 días de su publicación en la Gaceta Oficial de la República, hecho acaecido el 25 de febrero...








