Acto de última voluntad
Última Voluntad. La Constitución de la República de Cuba, admite tal sentir cuando postula en su artículo 63 que: Se reconoce el derecho a la sucesión por causa de muerte. La ley regula su contenido y alcance.
Las estadísticas notariales registran que los cubanos otorgan cada vez más su última voluntad en testamentos notariales.
Por: Arturo Manuel Arias Sánchez (Licenciado en Derecho)
En cualquier lugar que estéis, os alcanzaría la muerte (…).
El Corán, Sura IV: 80
Para el poeta norteamericano Walt Whitman (1819-1892) la vida es lo poco que nos sobra de la muerte, en tanto que poco más de 400 años antes, el también poeta, el castellano Jorge Manrique (1440-1479), transido de dolor por la muerte de su padre, escribía las siguientes Coplas:
Recuerde el alma dormida, avive ...