Acción y prescripción en los derechos de seguridad social
Por: Arturo Manuel Arias Sánchez (Abogado, especialista en Derecho Laboral)
Si consultamos en un diccionario escolar elemental los conceptos que animan esta digresión, tenemos que los vocablos acción, término y prescripción significan:
- acción: efecto de hacer;
- término: arbitrio prudente o proporcionado que se toma para la resolución de algún asunto, y
- prescripción: acción y efecto de prescribir (a su vez, este verbo significa ordenar, señalar, determinar una cosa).
En el argot jurídico, sin muchas pretensiones doctrinarias, las mismas voces significan:
- acción: la facultad de pedir tutela jurídica sobre un asunto o, de otro modo, la acción es el derecho subjetivo en movimiento;
- término: el acontecimiento futuro y cierto que resulta necesario para exigir o exti...









