Acogida institucional de menores de edad
El acogimiento institucional se aplica en situaciones excepcionales, cuando la permanencia o cuidado de niñas, niños y adolescentes, en su entorno familiar se vea amenazada o atente contra su interés superior
El Sistema de Protección Integral de los Derechos de la Niñez y las Adolescencias en Cuba establece que los menores de edad son sujetos de especial protección, dada la condición de personas en desarrollo y su vulnerabilidad por razón de edad.
Por: Arturo Manuel Arias Sánchez
Cuenta el relato bíblico del Antiguo Testamento, en su libro Éxodo[1], que Moisés, el niño condenado a muerte, como tantos otros infantes judíos de entonces, por celo del faraón, devendría en el decursar de los años, patriarca del pueblo hebreo; fue depositado en una barquilla arrojada a la corriente f...









