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Concluida en Cabaiguán emisión de nuevas libretas de abastecimiento excepcionales

Atendiendo a la reapertura paulatina de la movilidad entre territorios y el restablecimiento de los trámites a la población, así como el inicio en diciembre de la entrega de la nueva libreta de abastecimiento para 2022, en Cabaiguán concluyó el proceso de emisión de libretas excepcionales

libretas
La emisión de libretas de abastecimiento excepcionales fue autorizada a partir de la implementación de la Resolución No. 96 de la Ministra del Comercio Interior

Por: Lillipsy Bello Cancio

Mabety García Báez, Sub- Directora de Comercio en la Empresa Municipal, informó a esta emisora que hasta la fecha, se presentaron 416 solicitudes, a partir de las cuales se habilitaron 399 nuevos núcleos excepcionales, además de que en 17 casos los solicitantes se agregaron a otros ya existentes, lo que significó la incorporación de 698 consumidores.

García Báez ofreció detalles sobre la determinación de prorrogar, para los núcleos que ya cuentan con libretas excepcionales emitidas, la validez de estas hasta el 31 de diciembre de 2022, recibiendo una nueva en el proceso de cambio de la libreta, tal y como ha sido informado por la máxima dirección del organismo.

La directiva precisó que, hasta el 30 de diciembre de 2022, aquellos consumidores con libretas excepcionales deben actualizar y cumplir los requerimientos establecidos en la Resolución No. 47 de la Ministra del Comercio Interior, del 22 de febrero de 2021, para la constitución de núcleos a los efectos del Registro de Consumidores, como son la legalización de la vivienda donde reside y la actualización de la dirección particular.

La emisión de libretas de abastecimiento excepcionales fue autorizada a partir de la implementación de la Resolución No. 96 de la Ministra del Comercio Interior, del 15 de julio de 2021, debido a que, a partir de las medidas adoptadas respecto a la limitación en el traslado de personas y la disminución de los trámites que implicaban su movilidad, algunos ciudadanos estaban imposibilitados de adquirir los productos de la canasta familiar normada por encontrarse en un territorio diferente al que estaban censados en el Registro de Consumidores, así como por las dificultades para realizar trámites requeridos en cuanto a la legalización de la vivienda y otras cuestiones.

Mediante la Resolución No. 96, se autorizó a constituir un núcleo a los efectos del Registro y entregar una libreta de abastecimiento excepcional a aquellas personas que no mantenían la dirección actualizada en la provincia de residencia y recibían la canasta familiar normada por el lugar de origen; que no contaban con el certificado de habitable de la vivienda donde residían; que nunca antes habían sido censados; o eran repatriados.

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