¿Prescribe el cobro (o pago) de las prestaciones monetarias de seguridad social?
Por: Arturo Manuel Arias Sánchez (Abogado, especialista en Derecho Laboral)
Inquietud provocó en mi ponderación la lectura en la Sección Cartas (página 2) del periódico Granma, de fecha viernes 5 de marzo del año en curso, de la misiva cursada por una matancera, beneficiaria (pensionada) de la seguridad social, en cuyo texto se quejaba de un nuevo trámite y otra cola más al ser remitida por una sucursal bancaria, donde pensaba cobrar su prestación, a la Dirección Municipal de Trabajo, en busca de la autorización administrativa pertinente, en razón de un cobro tardío de pensión; sé que dicha beneficiaria no leerá la digresión que escribo pero, al menos, contribuirá a esclarecer sobre el asunto en aquellos que sí siguen esta sección digital de La Voz de Cabaiguán y quizá alber...









