
La pensión en el régimen especial de seguridad social para trabajadores por cuenta propia y asociados a las CNA y MIPYME
Del verbo “pender” surge el término “pensiones” porque, en verdad, el sustento económico de un trabajador jubilado “cuelga” de la pensión de seguridad social que percibe
Por: Arturo Manuel Arias Sánchez (Abogado, especialista en Derecho Laboral)
Así, ni más ni menos, sucede con los trabajadores por cuenta propia y los asociados a las cooperativas no agropecuarias (CNA) y a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), nuevos hacedores de la economía cubana, tutelados por el régimen especial previsto en el Decreto ley 48 de6 de agosto de 2021, Del Régimen Especial de Seguridad Social para los trabajadores por cuenta propia, los socios de las cooperativas no agropecuarias y de las micro, pequeñas y medianas empresas privadas, cuyo principal mérito legal, amén de cubrir los r...