Sesgos judiciales V: procesos judiciales
Las leyes denominadas adjetivas, de trámites o procesales (como esta que nos sirve de ilustración, el Código de Procesos, entre otras dos de reciente vida) utilizan los términos procesos y procedimientos para indicar la acción de hacer algo o de ir adelante en la función de impartir justicia, inherente a los tribunales o cortes de justicia.
La Ley Número 141 de 2021, Código de Procesos, en su trama justiciera, distingue básicamente dos tipos de procesos: el ordinario y el sumario.
Por: Arturo Manuel Arias Sánchez (Licenciado en Derecho)
El término proceso (del latín processus, progreso o avance)) se refiere a los actos reglados de las partes (demandante y demandado), de los jueces y hasta de terceros que suelen intervenir (tales como testigos, peritos, fiscales, etc.) en el proce...